Ley [LFD]

Articulo 19-h

Ley Federal De Derechos

Artículo 19-h. Por el estudio, trámite y, en su caso, el otorgamiento de concesiones en territorio insular de jurisdicción federal, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

Párrafo reformado DOF ,

  1. (Se deroga).

    Fracción reformada DOF . Derogada DOF

  2. Por el estudio y trámite de la solicitud de concesión en territorio insular $2,429.21
  3. (Se deroga).

    Fracción reformada DOF . Derogada DOF

  4. Por la expedición de la concesión en territorio insular $4,858.79
  5. (Se deroga).

    Fracción adicionada DOF . Derogada DOF

    Reforma DOF : Derogó del artículo el entonces párrafo segundo (antes adicionado DOF )

    Artículo adicionado DOF

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