Artículo 192. Por el estudio, trámite y, en su caso, autorización de la expedición o prórroga de títulos de asignación o concesión, o de permisos o autorizaciones de transmisión que se indican, incluyendo su posterior inscripción por parte de la Comisión Nacional del Agua en el Registro Público de Derechos de Agua, se pagará el derecho de servicios relacionados con el agua, conforme a las siguientes cuotas:
Párrafo reformado DOF , , ,
- Por cada título de asignación o concesión para explotar, usar o aprovechar aguas nacionales incluyendo su registro $6,209.68
Fracción reformada DOF ,
- Por cada permiso de descarga de aguas residuales a un cuerpo receptor, incluyendo su registro $8,267.92
Fracción reformada DOF , ,
- (Se deroga).
Fracción reformada DOF . Derogada DOF
- Por la prórroga o modificación, a petición de parte interesada, de los títulos o permisos a que se refieren las fracciones I y II de este artículo $2,678.71
Fracción reformada DOF , ,
- Por cada transmisión de títulos de concesión y permisos de descarga $4,828.14
Fracción adicionada DOF . Reformada DOF
Reforma DOF : Derogó del artículo el entonces párrafo segundo (antes adicionado DOF )
Artículo reformado DOF , , ,