Ley [LFD]

Articulo 194-n-1

Ley Federal De Derechos

Artículo 194-n-1. Por la expedición de los certificados de inscripción o de constancias del Registro Forestal Nacional, se pagarán derechos, por cada uno, conforme a la cuota de $594.86

Artículo adicionado DOF . Reformado DOF ,

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