Ley [LFD]

Articulo 195-u

Ley Federal De Derechos

Artículo 195-u. Por los servicios relacionados con explosivos y sustancias químicas, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

  1. Por la expedición o revalidación de cada uno de los siguientes permisos generales:
    1. Para la compra, almacenamiento y consumo o compra-consumo de materiales explosivos $28,680.17
    2. Para la fabricación de explosivos o sustancias químicas relacionadas con éstos, así como para la adquisición y almacenamiento de materia prima y productos terminados $28,680.17
    3. Para la compra-venta, compra-consumo o almacenamiento de explosivos o sustancias químicas relacionadas con éstos $29,243.30
    4. Para la compra, almacenamiento y consumo de sustancias químicas en la fabricación y venta de artificios pirotécnicos $3,894.59

      Por la modificación de los permisos señalados en esta fracción $2,856.03

    5. Por intervenciones para importación o exportación de armas, municiones, explosivos y sustancias químicas, a partir de la segunda intervención $8,321.04

      Por la inspección para el reinicio de actividades de un permiso general suspendido a solicitud del interesado, se pagará el derecho conforme a la cuota de $7,006.43

  2. Por la expedición de cada uno de los siguientes permisos ordinarios:
    1. Para la compra de material explosivo o sustancias químicas $3,625.95
    2. De importación o exportación de explosivos o sustancias químicas relacionadas con éstos o por la modificación del permiso $18,361.39
  3. Por la expedición de cada uno de los siguientes permisos extraordinarios:
    1. Para la compra-consumo, importación o exportación de material explosivo o sustancias químicas $23,302.64
    2. Por la modificación a un permiso extraordinario de importación o exportación de explosivos o sustancias químicas relacionados con éstos $18,361.39
    3. Para la compra-venta de artificios pirotécnicos $3,941.25

      Artículo adicionado DOF . Reformado DOF , , ,

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