Artículo 195-z-11 bis. Por los servicios relacionados con el cumplimiento del Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias, por cada instalación portuaria, se pagarán las siguientes cuotas:
- Por la expedición, reposición o renovación de la declaración de cumplimiento $4,805.63
- Por la evaluación de protección $33,782.44
- Por la revisión y, en su caso, aprobación del plan de protección $12,652.17
- Por la verificación inicial o anual de la implantación del plan de protección $24,928.87
Artículo adicionado DOF