Ley [LFD]

Articulo 195-z-5

Ley Federal De Derechos

Artículo 195-z-5. Por la solicitud y análisis para la determinación de señalamiento marítimo para instalaciones privadas o concesionadas, se pagará el derecho conforme a la cuota de: $11,684.44

Párrafo reformado DOF

En el caso de que se determine que es necesario contar con señalamientos marítimos en las instalaciones privadas o concesionadas, se pagará el derecho de autorización de señalamiento marítimo, conforme a las siguientes cuotas:

Párrafo adicionado DOF

  1. Señales en escolleras $8,063.57
  2. Señales en faros $40,658.01
  3. Señales en muelles $9,505.66
  4. Señales en atracaderos y peines de marinas turísticas $31,528.20
  5. Señales de enfilaciones $18,314.01
  6. Señales flotantes $19,386.61
  7. Señales diurnas $10,901.20
  8. Señales laterales fijas $9,151.86
  9. Señales acústicas $19,861.18
  10. Señales radioeléctricas $32,266.47
  11. Otras señales $9,096.17

    Artículo adicionado DOF

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