Ley [LFD]

Articulo 195-z-9

Ley Federal De Derechos

Artículo 195-z-9. Por la inspección, verificación y, en su caso, expedición y renovación del documento de aprobación para estaciones de servicio a balsas salvavidas, botes totalmente cerrados, equipos contra incendio de las embarcaciones o artefactos navales, astilleros, varaderos y diques flotantes, se pagará el derecho, conforme a las cuotas siguientes:

  1. Por la expedición $41,564.27
  2. Por la renovación $28,223.47
Por el análisis de la solicitud y, en su caso, autorización del personal técnico distinto o del que sustituya al considerado en el certificado otorgado, se pagará el derecho por cada persona, conforme a la cuota de $2,524.87

Artículo adicionado DOF . Reformado DOF ,

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