Artículo 30-e. Por los siguientes servicios que presta la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
- Por el estudio, trámite de la solicitud y, en su caso, el otorgamiento del reconocimiento como organización aseguradora u organización afianzadora $51,536.98
- Por el estudio, trámite de la solicitud y, en su caso, la autorización para el establecimiento de oficinas de representación de Reaseguradoras Extranjeras $30,922.19
- Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la y operación de instituciones de seguros, sociedades mutualistas de seguros o instituciones de fianzas $63,487.56
- Por la autorización para la y operación de instituciones de seguros, sociedades mutualistas de seguros o instituciones de fianzas $95,231.35
- Por la emisión del dictamen para el inicio de operaciones de instituciones de seguros, sociedades mutualistas de seguros o instituciones de fianzas $172,519.48
Artículo adicionado DOF