Artículo 32. Cada entidad que pertenezca al sector de sociedades controladoras de grupos financieros, entendiéndose como tales a las sociedades controladoras previstas en la , pagará anualmente el derecho de inspección y vigilancia conforme a la cuota de $510,716.74
Artículo reformado DOF , , , , . Derogado DOF . Adicionado DOF . Reformado DOF , . Derogado DOF . Adicionado DOF