Artículo 53-i. Por la obtención de códigos de seguridad que se impriman en las cajetillas, estuches, empaques, envolturas o cualquier otro objeto que contenga cigarros u otros tabacos labrados para su venta en México, se pagará el derecho de códigos de seguridad conforme a la cuota de $0.1411 por cada uno.
Artículo adicionado DOF . Derogado DOF . Adicionado DOF