Artículo 61. Por el análisis de la solicitud y, en su caso, la autorización que emita la o la Comisión Reguladora de Energía, en el ámbito de sus respectivas competencias, para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, tecnologías o procedimientos alternativos a los previstos en las Normas Oficiales Mexicanas expedidas por estas dependencias, en términos de lo dispuesto por los artículos y Quinto Transitorio de la , se pagarán derechos conforme a la cuota de $3,721.68
Artículo adicionado DOF . Reformado DOF , ,