Artículo 73-g. Por el análisis de la solicitud y, en su caso, la autorización que emita la para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, tecnologías o procedimientos alternativos a los previstos en las Normas Oficiales Mexicanas expedidas por esta dependencia, en términos de lo dispuesto por los artículos y Quinto Transitorio de la , se pagarán derechos conforme a la cuota de $14,472.77
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