Ley [LFD]

Articulo séptimo

Ley Federal De Derechos

TRANSITORIOS

séptimo ..- Las cuotas de los derechos que se establecen en , podrán ser incrementadas o disminuidas correlativamente en caso de aumento o disminución en más de un 10% del costo real del servicio por concepto de pagos efectuados al extranjero. Estas variaciones en el costo las constatará la y haré su publicación en el .

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