Ley [LFD]

Articulo tercero

Ley Federal De Derechos

TRANSITORIOS

tercero ..- Hasta en tanto la expide la resolución en que señale las oficinas autorizadas para recibir los pagos de los derechos establecidos en , éstos se seguirán efectuando en las mismas oficinas en que se hayan realizado hasta el 31 de diciembre de 1981.

Citado por 0 leyes