Ley [211]

Articulo 153

Ley Sobre El Contrato De Seguro

Artículo 153.- En el certificado de seguro de caución se consignarán:

  1. El nombre y domicilio de la empresa de seguros, del contratante del seguro y del asegurado;
  2. Las obligaciones legales o contractuales del contratante del seguro materia del riesgo asegurado;
  3. La suma asegurada o, en su caso, el monto convenido de la indemnización;
  4. Los comprobantes que el asegurado deberá entregar a la aseguradora para acreditarle que se produjeron las circunstancias acordadas para hacer exigible el monto de la indemnización. Para el caso de seguros a favor del Gobierno Federal, del Distrito Federal, de los Estados y de los Municipios, se deberá observar lo previsto en las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables;
  5. El momento de inicio del seguro y su duración;
  6. La transcripción de los artículos , y de ;
  7. Las demás cláusulas que deban regir el contrato de acuerdo con las disposiciones legales aplicables;
  8. El número y la fecha de la póliza bajo la cual se expide el certificado, y
  9. La firma de la empresa aseguradora.

    Artículo adicionado DOF

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