Ley [211]

Articulo 162

Ley Sobre El Contrato De Seguro

Artículo 162.- El contrato de seguro sobre las personas comprende todos los riesgos que puedan afectar a la persona del asegurado en su existencia, integridad personal, salud o vigor vital.

Artículo recorrido (antes artículo 151) DOF

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