Ley [211]

Articulo 75

Ley Sobre El Contrato De Seguro

Artículo 75.- Las sanciones establecidas para el caso de que el asegurado o sus causahabientes dejen de cumplir con alguna de sus obligaciones, no serán aplicables si en el incumplimiento no existió culpa de su parte.

Citado por 0 leyes