Ley [LISSFAM]
Articulo 223
Ley Del Instituto De Seguridad Social Para Las Fuerzas Armadas Mexicanas
Artículo 223. Los bienes, derechos y fondos del Instituto gozarán de todas las franquicias que en los mismos casos disfrute la Federación.
Ley [LISSFAM]
Ley Del Instituto De Seguridad Social Para Las Fuerzas Armadas Mexicanas
Artículo 223. Los bienes, derechos y fondos del Instituto gozarán de todas las franquicias que en los mismos casos disfrute la Federación.