Ley [LMV]
Articulo décimo primero
Ley Del Mercado De Valores
décimo primero..- En tanto la Comisión reconozca las normas y procedimientos de auditoría a que hacen referencia los artículos , fracción I y , fracción IV de , las personas morales que presten servicios de auditoría externa a emisoras o entidades financieras, en términos del legal, deberán prestar sus servicios con base en las normas y procedimientos expedidos en la materia por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.