Artículo 74.- La parte del folio relativa a la información general de las emisoras o emisoras simplificadas contendrá:
- La matrícula de la emisora o emisora simplificada.
- La denominación de la emisora o emisora simplificada.
- El tipo o naturaleza de la emisora o emisora simplificada.
- Los datos generales de la emisora o emisora simplificada.
Artículo reformado DOF
Referenciado por otras leyes
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