Ley [LCM]

Articulo 164

Ley De Concursos Mercantiles

Artículo 164.- Transcurrido el plazo a que se hace referencia en el artículo de , el juez verificará que la propuesta de convenio reúna todos los requisitos previstos en el presente Capítulo y no contravenga disposiciones de orden público. En este caso el juez dictará la resolución que apruebe el convenio.

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