Ley [LCM]

Artículo 95 de Ley De Concursos Mercantiles

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Ley De Concursos Mercantiles (LCM)

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Artículo 95.- Si es declarado en concurso mercantil el vendedor de un inmueble, el comprador tendrá derecho a exigir la entrega de la cosa previo pago del precio, si la venta se perfeccionó conforme a las disposiciones legales aplicables.

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