Ley [LCM]

Artículo 198 de Ley De Concursos Mercantiles

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Ley De Concursos Mercantiles (LCM)

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Artículo 198.- La enajenación de los bienes deberá realizarse a través del procedimiento de subasta pública previsto en este capítulo, salvo por lo dispuesto en los artículos 205 y 208 de la presente Ley.

La subasta deberá realizarse dentro de un plazo no menor a diez días naturales ni mayor de noventa días naturales a partir de la fecha en que se publique por primera vez la convocatoria.

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