Ley [LCM]

Artículo 237 de Ley De Concursos Mercantiles

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 237.- El Comerciante que, en virtud de un título de concesión, preste un servicio público federal, estatal o municipal, podrá ser declarado en concurso mercantil.

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