Ley [LCM]

Artículo 162 de Ley De Concursos Mercantiles

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 162.- El juez al día siguiente de que le sea presentado el convenio y su resumen para su aprobación, deberá ponerlos a la vista de los Acreedores Reconocidos por el término de cinco días, a fin de que, en su caso:

  1. Presenten las objeciones que consideren pertinentes, respecto de la autenticidad de la expresión de su consentimiento, y
  2. Se ejerza el derecho de veto a que se refiere el artículo siguiente.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias