Ley [LCM]

Articulo 62

Ley De Concursos Mercantiles

Artículo 62.- Los interventores representarán los intereses de los acreedores y tendrán a su cargo la vigilancia de la actuación del conciliador y del síndico así como de los actos realizados por el Comerciante en la administración de su empresa.

Citado por 0 leyes