Ley [LCM]

Articulo quinto

Ley De Concursos Mercantiles

TRANSITORIOS

quinto..- Los procedimientos de quiebra y de suspensión de pagos que hubiesen sido iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de , continuarán rigiéndose por la Ley de Quiebras y de Suspensión de Pagos publicada en el el día 20 de abril de 1943.

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