Ley [LFPPI]

Articulo 108

Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial

Artículo 108.- La publicación de la solicitud en trámite contendrá los datos bibliográficos necesarios para identificar la solicitud; el nombre de los inventores, solicitantes y representantes legales; la nacionalidad del solicitante, y el domicilio del representante, en su caso.

Una vez publicada la solicitud, el expediente se encontrará abierto para su consulta.

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