Ley [LFPPI]

Articulo 236

Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial

Artículo 236.- Las leyendas "Marca Registrada", “Marca Colectiva Registrada” o “Marca de Certificación Registrada”, las siglas "M.R." o el símbolo ®, solo podrán usarse para los productos o servicios para los cuales dicha marca se encuentre registrada.

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