Ley [LFPPI]
Articulo 255
Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial
Artículo 255.- Solo se registrará la transmisión de algunas de las marcas ligadas, cuando se transfieran todas y se solicite la inscripción de ellas a la misma persona.
Ley [LFPPI]
Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial
Artículo 255.- Solo se registrará la transmisión de algunas de las marcas ligadas, cuando se transfieran todas y se solicite la inscripción de ellas a la misma persona.