Ley [LFPPI]

Articulo 274

Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial

Artículo 274.- La solicitud de declaración de protección a una denominación de origen deberá presentarse ante el Instituto con los siguientes datos y documentos:

    I- El nombre, domicilio y correo electrónico del solicitante;
    II- El carácter del solicitante, su naturaleza jurídica y las actividades a las que se dedica, en términos del artículo ;
    III- El nombre de la denominación de origen;
    IV- Un estudio técnico emitido por una autoridad o institución, pública o privada, que contenga lo siguiente:
  1. La descripción detallada del producto o los productos a proteger, incluyendo sus características, componentes, forma de extracción, procesos de producción o elaboración, envase, empaque o embalaje y comercialización;
  2. El lugar o lugares de extracción, producción o elaboración del producto a proteger y la delimitación de la zona geográfica;
  3. El señalamiento detallado de los vínculos entre el nombre de la denominación de origen, producto, zona geográfica y los factores naturales o humanos;
  4. Los criterios que establezcan las características y especificaciones que deberá cumplir el producto para su extracción, producción o elaboración, envase, empaque o embalaje y comercialización, y
  5. Las Normas Oficiales Mexicanas a las que deberá sujetarse el producto para su extracción, producción o elaboración, envase, empaque o embalaje;
    V- El comprobante del pago de la tarifa correspondiente, y
    VI- Los demás que el solicitante considere necesarios o pertinentes.
Citado por 0 leyes