Ley [LFPPI]

Articulo 309

Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial

Artículo 309.- El usuario autorizado por el Instituto deberá inscribir ante el mismo, los cambios de nombre, denominación o razón social o transformación de régimen jurídico, así como los cambios de domicilio que correspondan, en los términos previstos en el Reglamento de .

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