Ley [LFPPI]
Articulo 309
Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial
Artículo 309.- El usuario autorizado por el Instituto deberá inscribir ante el mismo, los cambios de nombre, denominación o razón social o transformación de régimen jurídico, así como los cambios de domicilio que correspondan, en los términos previstos en el Reglamento de .