Ley [LFPPI]

Articulo 374

Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial

Artículo 374.- Al momento de solicitar la conciliación, el solicitante deberá presentar los términos de la propuesta conciliatoria. Además deberá exhibir copias simples de dicho escrito y sus anexos, a efecto de correr traslado a su contraparte.

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