Ley [LFPPI]

Articulo 6

Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial

Artículo 6.- Los órganos de administración del Instituto serán la Junta de Gobierno y la persona Titular de la Dirección General, quienes tendrán las facultades previstas en la y en su Decreto de creación, sin perjuicio de lo previsto en los artículos y de .

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