Ley [LFPPI]

Articulo 63

Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial

Artículo 63.- El derecho exclusivo de explotación del modelo de utilidad protegido confiere a su titular el derecho de impedir a otras personas que fabriquen, usen, vendan, ofrezcan en venta o importen el mismo, sin su consentimiento.

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