Ley [LFPPI]
Articulo 85
Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial
Artículo 85.- Además de los requisitos señalados en el artículo de , la solicitud de registro deberá contener:
- I- La manifestación bajo protesta de decir verdad, de la fecha y lugar de la primera explotación comercial ordinaria del esquema de trazado en alguna parte del mundo, o de que éste no ha sido explotado;
- II- Una descripción para la comprensión del esquema de trazado;
- III- La indicación de la función electrónica que realice el circuito integrado al que se incorpora el esquema de trazado;
- IV- La reivindicación de la denominación del esquema de trazado seguido de las palabras "Tal como se ha referido e ilustrado", y
- V- Una reproducción gráfica o fotográfica del esquema de trazado.
El solicitante podrá excluir las partes de la reproducción gráfica o fotográfica relativas a la forma de fabricación del circuito integrado, siempre y cuando las partes presentadas sean suficientes para permitir la identificación del esquema de trazado.