Ley [LFPPI]

Articulo 87

Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial

Artículo 87.- El registro de un esquema de trazado tendrá una vigencia de diez años improrrogables contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de registro y estará sujeto al pago de las tarifas correspondientes a cada anualidad.

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