Ley [LFPPI]
Articulo décimo primero
Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial
décimo primero..- Los registros de marca o de aviso comercial y los efectos de publicación de nombre comercial otorgados conforme al presente Decreto, deberán presentar la declaración de uso real y efectivo en los términos de su artículo y, en su oportunidad, renovar el título conforme a lo dispuesto en su artículo .
Los registros de marcas o de avisos comerciales y los efectos de publicación de los nombres comerciales, otorgados a partir del 10 de agosto de 2018, conservarán su vigencia, quedando sujetos en todo lo demás a . Dichos registros y publicaciones deberán presentar, en su oportunidad, la declaración de uso real y efectivo y, en su caso, la renovación correspondiente, de conformidad con los artículos y del presente Decreto.
Los registros de marcas o avisos comerciales y los efectos de publicación de los nombres comerciales, otorgados con anterioridad al 10 de agosto de 2018, conservarán su vigencia y, en su oportunidad, deberán renovar el título conforme a lo dispuesto en su artículo . Dichos registros y publicaciones quedarán sujetos en todo lo demás al presente Decreto, exceptuando la obligación de presentar la declaración de uso real y efectivo, prevista en su artículo .