Ley [LFPPI]
Articulo primero
Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial
primero..- El presente decreto entrará en vigor a los noventa días hábiles siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ley [LFPPI]
Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial
primero..- El presente decreto entrará en vigor a los noventa días hábiles siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.