Ley [LISF]
Articulo 8
Ley De Instituciones De Seguros Y De Fianzas
Artículo 8.- En los trámites a que se refieren los artículos , , fracción II, , tercer párrafo, , , , , , , , , , , , , , , fracciones IX y X, , fracciones IX y X, y del , no podrá exceder de noventa días el plazo para que las autoridades administrativas resuelvan lo que corresponda, siendo aplicables las demás reglas a que se refiere el artículo de .