Ley [LISF]

Articulo 8

Ley De Instituciones De Seguros Y De Fianzas

Artículo 8.- En los trámites a que se refieren los artículos , , fracción II, , tercer párrafo, , , , , , , , , , , , , , , fracciones IX y X, , fracciones IX y X, y del , no podrá exceder de noventa días el plazo para que las autoridades administrativas resuelvan lo que corresponda, siendo aplicables las demás reglas a que se refiere el artículo de .

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