Ley [CFPC]
Articulo 377
Código Federal De Procedimientos Civiles
LIBRO Segundo TÍTULO Tercero CAPÍTULO III
Artículo 377.- En el caso de la fracción IV del artículo , no habrá lugar a la condenación en costas.
Ley [CFPC]
Código Federal De Procedimientos Civiles
LIBRO Segundo TÍTULO Tercero CAPÍTULO III
Artículo 377.- En el caso de la fracción IV del artículo , no habrá lugar a la condenación en costas.