Ley [CFPC]
Articulo 406
Código Federal De Procedimientos Civiles
LIBRO Segundo TÍTULO Quinto CAPÍTULO I
Artículo 406.- El auto que niegue la ejecución es apelable en ambos efectos.
Ley [CFPC]
Código Federal De Procedimientos Civiles
LIBRO Segundo TÍTULO Quinto CAPÍTULO I
Artículo 406.- El auto que niegue la ejecución es apelable en ambos efectos.