Ley [LGS]

Artículo 103 bis 5 de Ley General De Salud

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 103 bis 5. La investigación científica, innovación, desarrollo tecnológico y aplicaciones del genoma humano, estarán orientadas a la protección de la salud, prevaleciendo el respeto a los derechos humanos, la libertad y la dignidad del individuo; quedando sujetos al marco normativo respectivo.

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