Ley [LGS]
Artículo 401 bis-2 de Ley General De Salud
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 401 bis-2 .- En el caso de los productos recogidos en procedimientos de muestreo o verificación, sólo los laboratorios autorizados o habilitados por la Secretaría para tal efecto podrán determinar por medio de los análisis practicados, si tales productos reúnen o no sus especificaciones.
Artículo adicionado DOF