Artículo 200 .- La determinará, con base en los riesgos que representen para la salud, los establecimientos a que se refiere el artículo de la Ley, que requieren para su funcionamiento:
Párrafo reformado DOF
- Contar, en su caso, con un responsable que reúna los requisitos que se establecen en y en los reglamentos respectivos;
- (Se deroga).
Fracción derogada DOF
- Utilizar la última edición de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos y sus suplementos, mismos que serán elaborados y actualizados por la Secretaría de Salud.
Artículo reformado DOF ,