Artículo 21 .- Los acuerdos de coordinación que se celebren se sujetarán a las siguientes bases:
- Establecerán el tipo y características operativas de los servicios de salubridad general que constituyan el objeto de la coordinación;
- Determinarán las funciones que corresponda desarrollar a las partes, con indicación de las obligaciones que por el acuerdo asuman;
- Describirán los bienes y recursos que aporten las partes, con la especificación del régimen a que quedarán sujetos;
- Establecerán las obligaciones que adquiere la entidad federativa responsable de la ejecución del objeto de la coordinación;
Fracción reformada DOF
- Desarrollarán el procedimiento para la elaboración de los proyectos de programas y presupuestos anuales y determinarán los programas de actividades que vayan a desarrollarse;
- Definirán, en su caso, las directrices de la descentralización de los gobiernos de los estados a los municipios;
- Establecerán que los ingresos que se obtengan por la prestación de servicios, se ajustarán a lo que dispongan la legislación fiscal y los acuerdos que celebren en la materia el Ejecutivo Federal y los gobiernos de las entidades federativas, salvo que se trate de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a personas sin seguridad social, los cuales serán gratuitos;
Fracción reformada DOF
- Indicarán las medidas legales o administrativas que las partes se obliguen a adoptar o promover, para el mejor cumplimiento del acuerdo;
- Establecerán las normas y procedimientos de control que corresponderán a la Secretaría de Salud;
Fracción reformada DOF
- Establecerán la duración del Acuerdo y las causas de terminación anticipada del mismo;
- Indicarán el procedimiento para la resolución de las controversias y responsabilidad civil que, en su caso, se susciten con relación al cumplimiento y ejecución del acuerdo, con sujeción a las disposiciones legales aplicables, y
Fracción reformada DOF
- Contendrán las demás estipulaciones que las partes consideren necesarias para la mejor prestación de los servicios.