Ley [LGS]

Articulo 21

Ley General De Salud

Artículo 21 .- Los acuerdos de coordinación que se celebren se sujetarán a las siguientes bases:

  1. Establecerán el tipo y características operativas de los servicios de salubridad general que constituyan el objeto de la coordinación;
  2. Determinarán las funciones que corresponda desarrollar a las partes, con indicación de las obligaciones que por el acuerdo asuman;
  3. Describirán los bienes y recursos que aporten las partes, con la especificación del régimen a que quedarán sujetos;
  4. Establecerán las obligaciones que adquiere la entidad federativa responsable de la ejecución del objeto de la coordinación;

    Fracción reformada DOF

  5. Desarrollarán el procedimiento para la elaboración de los proyectos de programas y presupuestos anuales y determinarán los programas de actividades que vayan a desarrollarse;
  6. Definirán, en su caso, las directrices de la descentralización de los gobiernos de los estados a los municipios;
  7. Establecerán que los ingresos que se obtengan por la prestación de servicios, se ajustarán a lo que dispongan la legislación fiscal y los acuerdos que celebren en la materia el Ejecutivo Federal y los gobiernos de las entidades federativas, salvo que se trate de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a personas sin seguridad social, los cuales serán gratuitos;

    Fracción reformada DOF

  8. Indicarán las medidas legales o administrativas que las partes se obliguen a adoptar o promover, para el mejor cumplimiento del acuerdo;
  9. Establecerán las normas y procedimientos de control que corresponderán a la Secretaría de Salud;

    Fracción reformada DOF

  10. Establecerán la duración del Acuerdo y las causas de terminación anticipada del mismo;
  11. Indicarán el procedimiento para la resolución de las controversias y responsabilidad civil que, en su caso, se susciten con relación al cumplimiento y ejecución del acuerdo, con sujeción a las disposiciones legales aplicables, y

    Fracción reformada DOF

  12. Contendrán las demás estipulaciones que las partes consideren necesarias para la mejor prestación de los servicios.
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