Ley [LGS]

Articulo 236

Ley General De Salud

Artículo 236 .- Para el comercio o tráfico de estupefacientes en el interior del territorio nacional, la Secretaría de Salud fijará los requisitos que deberán satisfacerse y expedirá permisos especiales de adquisición o de traspaso.

Artículo reformado DOF

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