Artículo 287 .- La , en apoyo a las exportaciones, podrá certificar los procesos o productos a que hace mención el artículo fracción I de , o los establecimientos en los que se lleven a cabo dichos procesos, siempre y cuando éstos cumplan con las disposiciones aplicables.
Artículo reformado DOF . Derogado DOF . Adicionado DOF