Ley [LGS]

Articulo 77 bis 37

Ley General De Salud

Artículo 77 bis 37.- Los beneficiarios tendrán los siguientes derechos:

Párrafo reformado DOF

  1. Recibir en igualdad y sin discriminación los servicios de salud a que se refiere el presente Título. El nivel de ingreso o la carencia de éste, no podrán ser limitantes para el acceso a la prestación de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados;

    Fracción reformada DOF

  2. Recibir servicios integrales de salud;

    Fracción reformada DOF

  3. Trato digno, respetuoso y atención de calidad;
  4. Recibir gratuitamente los medicamentos y demás insumos asociados, que sean necesarios y que correspondan a los servicios de salud;

    Fracción reformada DOF

  5. Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz, así como la orientación que sea necesaria respecto de la atención de su salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos diagnósticos, terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen;
  6. Se deroga.

    Fracción derogada DOF

  7. Contar con su expediente clínico;
  8. Decidir libremente sobre su atención;
  9. Otorgar o no su consentimiento válidamente informado y a rechazar tratamientos o procedimientos;
  10. Ser tratado con confidencialidad;
  11. Contar con facilidades para obtener una segunda opinión;
  12. Recibir atención médica en urgencias;
  13. Recibir información sobre los procedimientos que rigen el funcionamiento de los establecimientos para el acceso y obtención de servicios de atención médica;
  14. No cubrir ningún tipo de cuotas de recuperación o cualquier otro costo por los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados que reciban conforme al presente Título, y

    Fracción reformada DOF

  15. Presentar quejas ante los servicios estatales de salud y, en su caso, ante Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), por la falta o inadecuada prestación de servicios establecidos en este Título, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.

    Fracción reformada DOF ,

  16. Se deroga.

    Fracción derogada DOF

    Artículo adicionado DOF

Citado por 0 leyes