Ley [LFT]

Articulo 153-f

Ley Federal Del Trabajo

Artículo 153-f. Las autoridades laborales cuidarán que las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad se integren y funcionen oportuna y normalmente, vigilando el cumplimiento de sus obligaciones.

Artículo adicionado DOF . Reformado DOF

Citado por 0 leyes